Pensionistas cobrarán devengados de la Ley 23908
El 07 de Setiembre de 1984 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley 23908 que estableció que la pensión mínima de jubilación, invalidez o viudez en el Sistema Nacional de Pensiones equivale a tres sueldos mínimos vitales, y la pensión mínima de orfandad o ascendiente equivale al 50 % de las primeras.
Posteriormente el 19 de Diciembre de 1992 entró en vigencia el Decreto Ley 25967 que estableció un nuevo sistema de cálculo para el otorgamiento de las pensiones.
Ante las innumerables demandas de amparo dirigidas a que la Oficina de Normalización Previsional - ONP cumpla con otorgar la pensión mínima establecida por la Ley 23908, el 06 de Diciembre del 2005 el Tribunal Constitucional emitió una sentencia vinculante en el Expediente 5189-2005-AA/TC (Caso Jacinto Gabriel Angulo contra la ONP) estableciendo que el Decreto Ley 25967 derogó tácitamente a la Ley 23908 por lo cual la pensión mínima establecida por dicha norma sólo se aplica a quienes hubieren obtenido derecho a pensión hasta el 18 de Diciembre de 1992.
Debido a la existencia de miles de procesos de amparo que se encuentran en trámite, el 10 de Diciembre del 2008 el Poder Ejecutivo publícó el Decreto Supremo 150-2008-PCM autorizando a la ONP a revisar los expedientes administrativos referidos a la aplicación de la Ley 23908 y a pagar los devengados que correspondieren.
Pero como la Ley 28266 faculta a la ONP a cancelar las pensiones devengadas hasta en el término de un año sin intereses, y hasta más allá de un año cancelando los intereses respectivos, es que el gobierno se ha visto obligado a publicar el día de hoy Sábado 28 de Marzo del 2009 el Decreto Supremo 077-2009-EF que faculta a la ONP a efectuar el pago de los devengados en una sola cuota.
Para ello, en la ceremonia pública de firma del Decreto Supremo el Presidente de la República anunció que el Estado desembolsará 901 millones de nuevos soles para pagar las pensiones devengadas de 95 mil pensionistas que percibirán entre 9 y 10 mil soles, de los cuales 30 mil serían beneficiados este año.
Al margen de que se trata de un acto de justicia social para los miles de jubilados que tienen derecho a reintegro de pensiones bajo los alcances de la Ley 23908, cabe preguntarse si el gobierno hubiera aceptado su obligación de pago en otras circunstancias que no fueran las de la crisis económica globalizada. Es decir, ¿realmente se trata de una rectificación en el tratamiento de los jubilados o es que el gobierno se ha visto obligado a cancelar su deuda previsional como parte de su paquete anticrisis, para fomentar el consumo con el dinero de los pensionistas?. Sea como sea, no interesan las reales intenciones del gobernante de turno sino el hecho de haberse dictado una medida que repara un maltrato injusto a los pensionistas beneficiarios de la Ley 23908.
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