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	<title>Comentarios en: ¿Debe darse licencia por matrimonio o vacaciones al trabajador que se casa?</title>
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	<description>El mejor portal de derecho laboral peruano</description>
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		<title>Por: María Cristina</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-471</link>
		<dc:creator>María Cristina</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 May 2009 13:18:27 +0000</pubDate>
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		<description>Mi novio trabaja en el Seguro Social de la ciudad de Cajamarca y quisiera saber que le corresponde a él como días para poder casarnos en la ciudad de Piura y si estos días son a cuenta de vacaciones o no? El ya tuvo sus vacaciones en Febrero y nosostros queremos casarnos a fines de Junio de éste año. Es posible que pueda solicitar esos días?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi novio trabaja en el Seguro Social de la ciudad de Cajamarca y quisiera saber que le corresponde a él como días para poder casarnos en la ciudad de Piura y si estos días son a cuenta de vacaciones o no? El ya tuvo sus vacaciones en Febrero y nosostros queremos casarnos a fines de Junio de éste año. Es posible que pueda solicitar esos días?</p>
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		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-452</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 May 2009 20:07:56 +0000</pubDate>
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		<description>Estimada Marianna:

Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador dentro del año siguiente a la obtención de tu derecho. Es decir, si cumples un año de labores el 31 de Enero de este año, tu empleador debe darte vacaciones en cualquier momento hasta el 31 de Enero del siguiente año. Esas vacaciones pueden ser de 15 días o de 30 días dependiendo de si la empleadora está en el régimen de las pequeñas y micro empresas (mypes) o en el régimen general. Y deben ser remuneradas, no hay vacaciones sin goce de haber. Obviamente, es derecho del trabajador solicitar a su empleador la programación de sus vacaciones pagadas.

Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Marianna:</p>
<p>Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador dentro del año siguiente a la obtención de tu derecho. Es decir, si cumples un año de labores el 31 de Enero de este año, tu empleador debe darte vacaciones en cualquier momento hasta el 31 de Enero del siguiente año. Esas vacaciones pueden ser de 15 días o de 30 días dependiendo de si la empleadora está en el régimen de las pequeñas y micro empresas (mypes) o en el régimen general. Y deben ser remuneradas, no hay vacaciones sin goce de haber. Obviamente, es derecho del trabajador solicitar a su empleador la programación de sus vacaciones pagadas.</p>
<p>Saludos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Marianna</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-407</link>
		<dc:creator>Marianna</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 May 2009 03:29:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-407</guid>
		<description>Estimado
Mi consulta es la siguiente ya cumpli  un año de servicio en una empresa privada entonces me tocan mis vacaciones pero hace unos 3 meses por haber poca productividad en la empresa de la noche a la mañana me sacaron una semana sin pago alguno por esa semana no trabajada; ¿esa son partes de mis vacaciones? ¿en el sector privado son 15 dias o 1 mes de goze vacacional?  Yo quiero solicitar mis 15 dias de vacaciones en una fecha determina  con goze ¿ puedo solicitar o mi empleador con una fecha  fijada?¿ esta en lo correcto mi empleador de no decirme en que fecha puedo salir y enviarme cuando a el se lo ocurra de la noche a la mañana ya que eso hace? 
Gracias, saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado<br />
Mi consulta es la siguiente ya cumpli  un año de servicio en una empresa privada entonces me tocan mis vacaciones pero hace unos 3 meses por haber poca productividad en la empresa de la noche a la mañana me sacaron una semana sin pago alguno por esa semana no trabajada; ¿esa son partes de mis vacaciones? ¿en el sector privado son 15 dias o 1 mes de goze vacacional?  Yo quiero solicitar mis 15 dias de vacaciones en una fecha determina  con goze ¿ puedo solicitar o mi empleador con una fecha  fijada?¿ esta en lo correcto mi empleador de no decirme en que fecha puedo salir y enviarme cuando a el se lo ocurra de la noche a la mañana ya que eso hace?<br />
Gracias, saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-180</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Apr 2009 05:55:14 +0000</pubDate>
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		<description>Estimada Mónica:

El Decreto Supremo 003-97-TR faculta al empleador a autorizar licencias sin goce de haber. La decisión le compete únicamente a él, no es una obligación legal.

Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Mónica:</p>
<p>El Decreto Supremo 003-97-TR faculta al empleador a autorizar licencias sin goce de haber. La decisión le compete únicamente a él, no es una obligación legal.</p>
<p>Saludos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Monica</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-174</link>
		<dc:creator>Monica</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Apr 2009 00:06:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-174</guid>
		<description>Estimado señor:
Una consulta.  Me encuentro actualmente con licencia postnatal, que unida a la prenatal y a mis vacaciones hacen un total de cuatro meses.  Tengo un problema en mi casa y no tengo con quien se quede mi bebe, inicio de acuerdo a las fecha a laborar a finales de mayo, la pregunta es, puedo solicitar licencia sin goce de haber? cual es el mecanismo? la solicito por carta?, estoy pensando solicitar un mes mas.  Por favor si pudiera guiarme con este tema, existe alguna ley o normativa respecto a esto de la licencia sin goce de haber? si fuera asi por favor indiqueme que es lo que dice esta ley o normativa.
Muchisimas gracias por su respuesta.
Monica</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado señor:<br />
Una consulta.  Me encuentro actualmente con licencia postnatal, que unida a la prenatal y a mis vacaciones hacen un total de cuatro meses.  Tengo un problema en mi casa y no tengo con quien se quede mi bebe, inicio de acuerdo a las fecha a laborar a finales de mayo, la pregunta es, puedo solicitar licencia sin goce de haber? cual es el mecanismo? la solicito por carta?, estoy pensando solicitar un mes mas.  Por favor si pudiera guiarme con este tema, existe alguna ley o normativa respecto a esto de la licencia sin goce de haber? si fuera asi por favor indiqueme que es lo que dice esta ley o normativa.<br />
Muchisimas gracias por su respuesta.<br />
Monica</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Samuel</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-112</link>
		<dc:creator>Samuel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Apr 2009 23:31:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-112</guid>
		<description>Maestro Robert:
 
Siempre he consultado tu compendio, sucede que en estos tiempos estoy concentrado en mi preparación para el grado. Se me pasó.
Cuando termine todo esto, por favor, no dudes en contar conmigo Doctor de Doctores.

Mil gracias,
 
Samuel</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Maestro Robert:</p>
<p>Siempre he consultado tu compendio, sucede que en estos tiempos estoy concentrado en mi preparación para el grado. Se me pasó.<br />
Cuando termine todo esto, por favor, no dudes en contar conmigo Doctor de Doctores.</p>
<p>Mil gracias,</p>
<p>Samuel</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-111</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Apr 2009 19:50:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-111</guid>
		<description>Samuel:

El Reglamento del D. Leg. 713 señala que el cálculo de la remuneración vacacional de un comisionista se hace conforme al Art. 17º de la Ley de CTS, es decir en base al promedio de sus ingresos en el semestre. Ya pues maestro, por las puras compraste mi compendio legislativo (que dicho sea de paso pensaba pedirte que me ayudes a actualizarlo, pero tu consulta me hace pensar que sería mala idea :-).

Saludos:

Robert</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Samuel:</p>
<p>El Reglamento del D. Leg. 713 señala que el cálculo de la remuneración vacacional de un comisionista se hace conforme al Art. 17º de la Ley de CTS, es decir en base al promedio de sus ingresos en el semestre. Ya pues maestro, por las puras compraste mi compendio legislativo (que dicho sea de paso pensaba pedirte que me ayudes a actualizarlo, pero tu consulta me hace pensar que sería mala idea <img src='http://www.laboraperu.com/portal/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' /> .</p>
<p>Saludos:</p>
<p>Robert</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Samuel</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-110</link>
		<dc:creator>Samuel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Apr 2009 16:50:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-110</guid>
		<description>Maestro Robert, mi hermana trabaja en un Banco privado, ella quiere saber cómo se realiza el pago de vacaciones para los empleados que perciben comisiones. Por ejemplo, si ella estuvo de vacaciones 15 días en el mes de marzo, cómo se efectuaría su pago.

Mil gracias, por siaca soy Samuel.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Maestro Robert, mi hermana trabaja en un Banco privado, ella quiere saber cómo se realiza el pago de vacaciones para los empleados que perciben comisiones. Por ejemplo, si ella estuvo de vacaciones 15 días en el mes de marzo, cómo se efectuaría su pago.</p>
<p>Mil gracias, por siaca soy Samuel.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-103</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Apr 2009 15:14:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-103</guid>
		<description>Estimado Jaime:

Le estamos respondiendo a su casilla de correo.

Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Jaime:</p>
<p>Le estamos respondiendo a su casilla de correo.</p>
<p>Saludos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Jaime Caycho</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/licencia-por-matrimonio-o-vacaciones-a-trabajador-que-se-casa.html/comment-page-1#comment-101</link>
		<dc:creator>Jaime Caycho</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Apr 2009 14:42:23 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=367#comment-101</guid>
		<description>Queria consultarle un tema q me esta pasando, en 2 enero del 2009 un trabajador pidio licencia sin goce de haberes por 40 dias, cumplidos ya en febrero no q retornado a laborar, a la fecha van 103 dias y no retorna, no ha presentado una aplazamiento de su licencia, solo aduce q por estar impago (se le debe sueldos desde octubre 2008) ya q la empresa esta muy mal economicamente.
Agradecere que medidas puedo tomar, si informarle su cese o q siga hasta q pueda regresar, realmente quisiera que me oriente al respecto.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Queria consultarle un tema q me esta pasando, en 2 enero del 2009 un trabajador pidio licencia sin goce de haberes por 40 dias, cumplidos ya en febrero no q retornado a laborar, a la fecha van 103 dias y no retorna, no ha presentado una aplazamiento de su licencia, solo aduce q por estar impago (se le debe sueldos desde octubre 2008) ya q la empresa esta muy mal economicamente.<br />
Agradecere que medidas puedo tomar, si informarle su cese o q siga hasta q pueda regresar, realmente quisiera que me oriente al respecto.</p>
]]></content:encoded>
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