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	<title>Comentarios en: Consultas frecuentes sobre el despido laboral</title>
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	<description>El mejor portal de derecho laboral peruano</description>
	<lastBuildDate>Sat, 17 Jul 2010 17:18:01 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: Gerardo David Riega Calle</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-1595</link>
		<dc:creator>Gerardo David Riega Calle</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 May 2010 02:01:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-1595</guid>
		<description>Jorge Valiente:

Puedes leer el artículo de nuestro director Robert del Aguila Vela que contiene la sentencia de la Sala Laboral y el Pleno Jurisdiccional Laboral de 1999 pulsando en el siguiente enlace:

&lt;a href=&quot;http://www.laboraperu.com/la-caducidad-de-derechos-laborales-en-el-peru.html&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;El plazo de caducidad de la impugnación por despido: días hábiles&lt;/a&gt;

Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Jorge Valiente:</p>
<p>Puedes leer el artículo de nuestro director Robert del Aguila Vela que contiene la sentencia de la Sala Laboral y el Pleno Jurisdiccional Laboral de 1999 pulsando en el siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.laboraperu.com/la-caducidad-de-derechos-laborales-en-el-peru.html" rel="nofollow">El plazo de caducidad de la impugnación por despido: días hábiles</a></p>
<p>Saludos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: jorge valiente</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-1570</link>
		<dc:creator>jorge valiente</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 16:39:06 +0000</pubDate>
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		<description>HOLA DOCTOR ES UN HONOR PARA MI, DIRIGIRME HACIA SU PERSONA,...
BUENO DOCTOR ME DIRIJO A USTED, MAS PARA VER SI ME FACILITA UNA COPIA, LO MAS URGENTE POSIBLE, DE LA RESOLUCION EN LA QUE EL JUEZ RECONOCE QUE EL CALCULO DE LOS 30 DIAS PARA EL DESPIDO ARBITRARIO SON LOS DIA HABILES MAS NO LOS NATURALES, ...BUENO HACE POCO USTED LO HABIA PUBLICADO EN SU PORTAL PERO E BUSCADO Y NO LO E PODIDO ENCONTRAR, PORFAVOR LE AGRADECERIA BASTANTE QUE ATENDIERA A MI SOLICITUD, 
GRACIAS DE ANTEMANO MI ESTIMADO DOCTOR</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA DOCTOR ES UN HONOR PARA MI, DIRIGIRME HACIA SU PERSONA,&#8230;<br />
BUENO DOCTOR ME DIRIJO A USTED, MAS PARA VER SI ME FACILITA UNA COPIA, LO MAS URGENTE POSIBLE, DE LA RESOLUCION EN LA QUE EL JUEZ RECONOCE QUE EL CALCULO DE LOS 30 DIAS PARA EL DESPIDO ARBITRARIO SON LOS DIA HABILES MAS NO LOS NATURALES, &#8230;BUENO HACE POCO USTED LO HABIA PUBLICADO EN SU PORTAL PERO E BUSCADO Y NO LO E PODIDO ENCONTRAR, PORFAVOR LE AGRADECERIA BASTANTE QUE ATENDIERA A MI SOLICITUD,<br />
GRACIAS DE ANTEMANO MI ESTIMADO DOCTOR</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: toña</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-902</link>
		<dc:creator>toña</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 14 Jun 2009 04:10:27 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Rober
Gracias por tu gentil respuesta, te cuenta que ahora ya me llego la carta con 6 dias de plazo para descargarla, mi consulta es relamente tiene sentido hacero, es decir con mi descargo respectivo aun tengo opcion a que me reconsideren o ya es solo por procedimientos legales que me enviaron la misma, te cuento que ya hice mi descargo apelando a la disminucìón de las sanción ya que mi falta realmente tiene causal de despido, pero mi jefe directo me pidio que mi descargo se base en mi productividad y mi desempeño laboral ya que la falta cometida realmente no afecto ni a la empresa ni a la persona quedenuncia, crees que sea posible que me reconsideren...mi produciòn es muy buen y nunca antes tuve problemas, es màs las felicitaciones de mis jefaturas son constantes.

En caso de que se me despida, hay alguna forma de hacer algo, es posible que antes que ni siquiera se me haya indicado verbalmente que estoy inmersa en un proceso de despido ya habían publicado mi puesto laboral(en mi zona soy la unica con este puesto por lo que no hay forma de que sea para un puesto adicional)...no es eso un atropello a mi persona?

Gracias una vez más por tu respuesta.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Rober<br />
Gracias por tu gentil respuesta, te cuenta que ahora ya me llego la carta con 6 dias de plazo para descargarla, mi consulta es relamente tiene sentido hacero, es decir con mi descargo respectivo aun tengo opcion a que me reconsideren o ya es solo por procedimientos legales que me enviaron la misma, te cuento que ya hice mi descargo apelando a la disminucìón de las sanción ya que mi falta realmente tiene causal de despido, pero mi jefe directo me pidio que mi descargo se base en mi productividad y mi desempeño laboral ya que la falta cometida realmente no afecto ni a la empresa ni a la persona quedenuncia, crees que sea posible que me reconsideren&#8230;mi produciòn es muy buen y nunca antes tuve problemas, es màs las felicitaciones de mis jefaturas son constantes.</p>
<p>En caso de que se me despida, hay alguna forma de hacer algo, es posible que antes que ni siquiera se me haya indicado verbalmente que estoy inmersa en un proceso de despido ya habían publicado mi puesto laboral(en mi zona soy la unica con este puesto por lo que no hay forma de que sea para un puesto adicional)&#8230;no es eso un atropello a mi persona?</p>
<p>Gracias una vez más por tu respuesta.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Hugo Hector Laurente Eslava</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-815</link>
		<dc:creator>Hugo Hector Laurente Eslava</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Jun 2009 18:18:54 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-815</guid>
		<description>Hola Luis:

Lamento tener que decirte que tu caso es tan complejo que es previsible que no podrás &quot;cobrar lo más antes posible&quot; como quieres, sino que tendrás que seguir un proceso laboral contra las 3 empresas involucradas (las 2 para las que irabas recibos por honorarios y la tercera que te puso en sus planillas) demostrando que se encuentran vinculadas y que tuviste una relación laboral continua desde el 2006. Eso hará que te reconozcan CTS, vacaciones, gratificaciones e indemnización por despido (ya que te cesaron sin causa justificada), pero para lo del despido sólo tienes 30 días para demandar. No tendrás derecho a utilidades a menos que acredites que habían más de 20 trabajadores, lo cual no es sencllo porque los trabajadores se hallaban distribuidos entre estas 3 empresas. La hostilización no procede porque dicha figura la hace valer el trabajador para darse por despedido, pero tú ya lo estás.

De otro lado, si tu empleadora ha utilizado un esquema complejo que involucra a 3 empresas, para enmascarar tu relación laboral, es precisamente para no dejar huellas de que eras un trabajador desde el 2006, así que veo poco probable que acepte pagarte beneficios por esos años a través de una conciliación.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Luis:</p>
<p>Lamento tener que decirte que tu caso es tan complejo que es previsible que no podrás &#8220;cobrar lo más antes posible&#8221; como quieres, sino que tendrás que seguir un proceso laboral contra las 3 empresas involucradas (las 2 para las que irabas recibos por honorarios y la tercera que te puso en sus planillas) demostrando que se encuentran vinculadas y que tuviste una relación laboral continua desde el 2006. Eso hará que te reconozcan CTS, vacaciones, gratificaciones e indemnización por despido (ya que te cesaron sin causa justificada), pero para lo del despido sólo tienes 30 días para demandar. No tendrás derecho a utilidades a menos que acredites que habían más de 20 trabajadores, lo cual no es sencllo porque los trabajadores se hallaban distribuidos entre estas 3 empresas. La hostilización no procede porque dicha figura la hace valer el trabajador para darse por despedido, pero tú ya lo estás.</p>
<p>De otro lado, si tu empleadora ha utilizado un esquema complejo que involucra a 3 empresas, para enmascarar tu relación laboral, es precisamente para no dejar huellas de que eras un trabajador desde el 2006, así que veo poco probable que acepte pagarte beneficios por esos años a través de una conciliación.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Luis Ramirez Rojas</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-808</link>
		<dc:creator>Luis Ramirez Rojas</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Jun 2009 20:36:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-808</guid>
		<description>Buenas tardes;
Mi pregunta es con respecto al pago de liquidacion, beneficios sociales, indemnizacion por despido arbitrario, vacaciones no gozadas, utilidades, CTS.. Estube trabajando las fechas 15 de marzo de 2006 hasta el 31 de diciembre del 2007 fuera de planilla (recibos por honorarios), no tuve vacaciones ni pago de gratificaciones.. solo el pago que se me realizaba cada quincena S. 350.00 nuevos soles... cuando me pagaban a travez de los recibos escribia en la linea RECIBI DE: el nombre de diferentes (02) razones sociales.. como poder demostrar el pago de las utilidades que me corresponden.. continue trabajando luego ya que me ingresaron a planilla periodo 1 enero 2008 hasta el 31 de mayo del 2009 con otra razon social.. en el que me dijeron que ya no me iban a renovar contrato por la situacion economica de la empresa esta pasando.. Ojo cuando estaba por recibos por honorarios los del ministerio de trabajo hicieron una inspeccion y me encontraron con un grupo de compañeros q laboraban, escondidos por orden de la gerencia, estos inspectores tomaron nuestros nombres y nos dijeron que iban a levantar un acta de infraccion.. atravez de esta constatacion UNO puede demostrar que se le pague UTILIDADES o hacer algo al respecto con este pago.. el contador de la empresa aduce que no habian mas de 20 trabajadores en planilla.. de eso no estoy seguro, pero eso si en esta empresa SÍ habian mucho mas de 20 trabajores solo que se les pagaba con diferentes empresas, bueno muy aparte de eso como se me debe proceder Ya que estube fuera de planilla y luego en planilla... por otro lado debo tambien reclamar Indemnizacion por despido arbitrario (me corresponde)?  y si me corresponde cuanto debo de cobrar sabiendo que mi sueldo era de 700 fuera de planilla y posterior 690 soles dentro en planilla. Como debo mostrarles mi cuadro de pagos a esta empresa ya que me gustaria conciliar, asi como CREO que ellos PODRIAN conciliar ya q ellos tienen un concesionario dentro de una institucion donde mi Padre verifica y aprueba creditos a los clientes que quieren comprar los productos de la empresa que yo laboraba, les voy a enviar una carta notarial indicando muchas cosas Pero quisiera saber antes cuanto debo pedirle a mi empleador? cantidad de dinero???..... Otras cosas son hostilizacion ya que me pusieron en un area diferente de donde normalmente laboraba... tengo video del area donde me ubicaron!!!, tengo constancia de servicios externos (copias) en donde indica horas extras... Quisiera saber cuanto me corresponde.. se los agradezco de antemano ¡¡¡ayudenme!!! que necesito conciliar y cobrar lo mas antes posible.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes;<br />
Mi pregunta es con respecto al pago de liquidacion, beneficios sociales, indemnizacion por despido arbitrario, vacaciones no gozadas, utilidades, CTS.. Estube trabajando las fechas 15 de marzo de 2006 hasta el 31 de diciembre del 2007 fuera de planilla (recibos por honorarios), no tuve vacaciones ni pago de gratificaciones.. solo el pago que se me realizaba cada quincena S. 350.00 nuevos soles&#8230; cuando me pagaban a travez de los recibos escribia en la linea RECIBI DE: el nombre de diferentes (02) razones sociales.. como poder demostrar el pago de las utilidades que me corresponden.. continue trabajando luego ya que me ingresaron a planilla periodo 1 enero 2008 hasta el 31 de mayo del 2009 con otra razon social.. en el que me dijeron que ya no me iban a renovar contrato por la situacion economica de la empresa esta pasando.. Ojo cuando estaba por recibos por honorarios los del ministerio de trabajo hicieron una inspeccion y me encontraron con un grupo de compañeros q laboraban, escondidos por orden de la gerencia, estos inspectores tomaron nuestros nombres y nos dijeron que iban a levantar un acta de infraccion.. atravez de esta constatacion UNO puede demostrar que se le pague UTILIDADES o hacer algo al respecto con este pago.. el contador de la empresa aduce que no habian mas de 20 trabajadores en planilla.. de eso no estoy seguro, pero eso si en esta empresa SÍ habian mucho mas de 20 trabajores solo que se les pagaba con diferentes empresas, bueno muy aparte de eso como se me debe proceder Ya que estube fuera de planilla y luego en planilla&#8230; por otro lado debo tambien reclamar Indemnizacion por despido arbitrario (me corresponde)?  y si me corresponde cuanto debo de cobrar sabiendo que mi sueldo era de 700 fuera de planilla y posterior 690 soles dentro en planilla. Como debo mostrarles mi cuadro de pagos a esta empresa ya que me gustaria conciliar, asi como CREO que ellos PODRIAN conciliar ya q ellos tienen un concesionario dentro de una institucion donde mi Padre verifica y aprueba creditos a los clientes que quieren comprar los productos de la empresa que yo laboraba, les voy a enviar una carta notarial indicando muchas cosas Pero quisiera saber antes cuanto debo pedirle a mi empleador? cantidad de dinero???&#8230;.. Otras cosas son hostilizacion ya que me pusieron en un area diferente de donde normalmente laboraba&#8230; tengo video del area donde me ubicaron!!!, tengo constancia de servicios externos (copias) en donde indica horas extras&#8230; Quisiera saber cuanto me corresponde.. se los agradezco de antemano ¡¡¡ayudenme!!! que necesito conciliar y cobrar lo mas antes posible.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Gerardo David Riega Calle</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-768</link>
		<dc:creator>Gerardo David Riega Calle</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 May 2009 05:36:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-768</guid>
		<description>Rony:

Lo mejor que un empleador debe hacer con respecto a sus trabajadores es cumplir con la ley. Si es necesario extinguir la relación laboral pero el trabajador no ha cometido ninguna falta, se debe reconocerle la indemnización por despido; de lo contrario el empleador se va a ver involucrado en un proceso judicial.

Buenas noches.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Rony:</p>
<p>Lo mejor que un empleador debe hacer con respecto a sus trabajadores es cumplir con la ley. Si es necesario extinguir la relación laboral pero el trabajador no ha cometido ninguna falta, se debe reconocerle la indemnización por despido; de lo contrario el empleador se va a ver involucrado en un proceso judicial.</p>
<p>Buenas noches.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Ronny</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-754</link>
		<dc:creator>Ronny</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 May 2009 05:09:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-754</guid>
		<description>Me da mucho gusto aprender de ustedes y captar conocimientos ya que soy un pequeño empresario, recine el año pasado (2008) he registrado mi empresa de &quot;servicios Lichita&quot; en los RR.PP. y unicamente tengo 01 trabajador al cual lo he contratado con contrato de locación de servicios por 3 meses, luego 3 meses mas y posteriormente 6 meses, de manera consecutiva; sin embargo mi contador ha practicado una liquidación y estoy a esperas que mi empleado vuelva de sus vacaciones para hacerle llegar el dinero de su liquidacion.

Mi pregunta es, como puedo hacer, LEGALMENTE, para terminar mi relación laboral con mi empleado, puesto que por mi trabajo solo puedo contratar a 1 sola persona y mi sobrino, que lo he contratado mientras mi empleado esta de viaje, quiere continuar en el puesto???</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me da mucho gusto aprender de ustedes y captar conocimientos ya que soy un pequeño empresario, recine el año pasado (2008) he registrado mi empresa de &#8220;servicios Lichita&#8221; en los RR.PP. y unicamente tengo 01 trabajador al cual lo he contratado con contrato de locación de servicios por 3 meses, luego 3 meses mas y posteriormente 6 meses, de manera consecutiva; sin embargo mi contador ha practicado una liquidación y estoy a esperas que mi empleado vuelva de sus vacaciones para hacerle llegar el dinero de su liquidacion.</p>
<p>Mi pregunta es, como puedo hacer, LEGALMENTE, para terminar mi relación laboral con mi empleado, puesto que por mi trabajo solo puedo contratar a 1 sola persona y mi sobrino, que lo he contratado mientras mi empleado esta de viaje, quiere continuar en el puesto???</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-530</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 May 2009 13:41:14 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-530</guid>
		<description>Estimado Jess Jairsiño:

Como su cese fue el 31 de Marzo de este año Ud. tiene 60 días hábiles que vencen el 26 de Junio del 2009 para interponer una acción de amparo, o también tiene 3 meses que vencen el 30 de Junio del 2009 para interponer una acción contencioso administrativa contra acto material no contenida en resolución.

Puede solicitar una consulta personal con nuestros especialistas al Telf. 2652657 de Lunes a Viernes de 9:30 am a 6:00 pm.

Saludos cordiales.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Jess Jairsiño:</p>
<p>Como su cese fue el 31 de Marzo de este año Ud. tiene 60 días hábiles que vencen el 26 de Junio del 2009 para interponer una acción de amparo, o también tiene 3 meses que vencen el 30 de Junio del 2009 para interponer una acción contencioso administrativa contra acto material no contenida en resolución.</p>
<p>Puede solicitar una consulta personal con nuestros especialistas al Telf. 2652657 de Lunes a Viernes de 9:30 am a 6:00 pm.</p>
<p>Saludos cordiales.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Robert del Aguila Vela</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-521</link>
		<dc:creator>Robert del Aguila Vela</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 May 2009 01:08:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-521</guid>
		<description>Estimada Toña:

Algunas faltas necesitan producirse más de una vez para que justifiquen el despido (por ejemplo: la tardanza, la asistencia en estado de ebriedad, la resistencia a las órdenes, la paralización intempestiva de labores y la disminución de rendimiento, deben ser reiteradas; asimismo, el abandono de trabajo debe ser mayor de tres días). En otras faltas basta una sola vez para justificar el despido (incumplimiento de obligaciones, apropiación de bienes, utilización indebida de bienes, entrega de información reservada, actos de violencia o indisciplina, daño intencional a los bienes de la empresa).

Debes tener presente además que el empleador tiene un poder disciplinario sobre sus trabajadores y que en ejercicio de dicho poder es libre de decidir si sanciona o no al trabajador que cometió una falta. Pero si decide sancionar con despido debe seguir un procedimiento en el que primero le comunique por escrito al trabajador cual es la falta que le imputa para que éste pueda hacer su descargo también por escrito dentro de 6 días y sólo luego de ello puede proceder al despido. De modo que si no te hicieron llegar ninguna comunicación escrita imputándote la falta aún no estás inmersa en un procedimiento de despido.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Toña:</p>
<p>Algunas faltas necesitan producirse más de una vez para que justifiquen el despido (por ejemplo: la tardanza, la asistencia en estado de ebriedad, la resistencia a las órdenes, la paralización intempestiva de labores y la disminución de rendimiento, deben ser reiteradas; asimismo, el abandono de trabajo debe ser mayor de tres días). En otras faltas basta una sola vez para justificar el despido (incumplimiento de obligaciones, apropiación de bienes, utilización indebida de bienes, entrega de información reservada, actos de violencia o indisciplina, daño intencional a los bienes de la empresa).</p>
<p>Debes tener presente además que el empleador tiene un poder disciplinario sobre sus trabajadores y que en ejercicio de dicho poder es libre de decidir si sanciona o no al trabajador que cometió una falta. Pero si decide sancionar con despido debe seguir un procedimiento en el que primero le comunique por escrito al trabajador cual es la falta que le imputa para que éste pueda hacer su descargo también por escrito dentro de 6 días y sólo luego de ello puede proceder al despido. De modo que si no te hicieron llegar ninguna comunicación escrita imputándote la falta aún no estás inmersa en un procedimiento de despido.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: toña</title>
		<link>http://www.laboraperu.com/consultas-frecuentes-sobre-el-despido-laboral.html/comment-page-1#comment-506</link>
		<dc:creator>toña</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 17 May 2009 01:04:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.laboraperu.com/?p=332#comment-506</guid>
		<description>Buenas noches

Si te acusan de una falta grave por primera vez en tu centro laboral, es un motivo de despido inmediato, o hay la opciòn de reivindicarse o una primerea amonestaciòn. Cometi una falta grave pero no fue con malas intenciones sino para servir a un compañero de trabajo y ahora me acusan de ello. Tendre una entrevista (me tomaran una manifestaciòn) que es lo que deberìa o no decir, debo aceptar que cometi el error aunque ello es probable...como debo responder a todo esto.

Gracias por su oportuna respuesta</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches</p>
<p>Si te acusan de una falta grave por primera vez en tu centro laboral, es un motivo de despido inmediato, o hay la opciòn de reivindicarse o una primerea amonestaciòn. Cometi una falta grave pero no fue con malas intenciones sino para servir a un compañero de trabajo y ahora me acusan de ello. Tendre una entrevista (me tomaran una manifestaciòn) que es lo que deberìa o no decir, debo aceptar que cometi el error aunque ello es probable&#8230;como debo responder a todo esto.</p>
<p>Gracias por su oportuna respuesta</p>
]]></content:encoded>
	</item>
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